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Registro Salarial: cumplimiento obligatorio para todas las empresas

El Registro Salarial —también denominado registro retributivo— es el documento que recopila la remuneración total abonada a la plantilla, desglosada por sexos y grupos profesionales. Su finalidad es acreditar la igualdad retributiva y evidenciar cualquier brecha salarial en la organización. La obligación se aplica a todas las empresas, sin umbral mínimo de personas trabajadoras, según el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores y el Real Decreto 902/2020.

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¿Qué es el Registro Salarial?

  • Definición legal: listado de las retribuciones (salario base, complementos y percepciones extrasalariales) expresadas en medias y medianas para hombres y mujeres dentro de cada grupo profesional, categoría, puesto de igual valor o nivel.

  • Objetivo: permitir detectar diferencias de remuneración injustificadas y proporcionar transparencia a la Representación Legal de los Trabajadores (RLT).

  • Formato: hoja de cálculo o archivo electrónico equivalente acompañado de una declaración firmada por la empresa.

  • Periodicidad mínima: actualización anual o inmediata ante cambios significativos en la estructura retributiva.

Marco legal y actualizaciones (2025)

Quién debe elaborarlo y cómo se actualiza

Norma
Punto Clave
Vigencia
Criterio ITSS 2025
Exige actualización inmediata al variar categorías o convenios.
2025
Sentencia TS 28‑nov‑2024
Avala la presentación de medias y medianas sin revelar salarios individuales.
2024
RD 902/2020
Establece el contenido mínimo, la obligación de justificar brechas ≥ 25 % y el deber de conservación durante 4 años.
Desde 14‑abr‑2021
Art. 28 ET
Obliga a mantener el registro y garantiza el derecho de acceso de la RLT.
Reforma 2‑abr‑2025

Todas las empresas, con independencia del número de personas en plantilla, están obligadas a elaborar y mantener actualizado el Registro Salarial. Este documento debe abarcar, como mínimo, el último ejercicio natural y revisarse, al menos, una vez al año o tan pronto como se produzcan cambios sustanciales como fusiones, modificaciones de convenio o creación de nuevas categorías profesionales. La Representación Legal de los Trabajadores (RLT) tiene derecho a acceder a la versión completa; en ausencia de RLT, cualquier persona trabajadora puede solicitar los datos porcentuales que evidencien las eventuales diferencias retributivas.

Incumplir conlleva sanciones graves (Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social) que oscilan entre 625 € y 6 250 €, además de las posibles reclamaciones individuales y reputacionales.

Contenido técnico exigido por el RD 902/2020

01

Variables obligatorias

Salario base, complementos salariales (antigüedad, peligrosidad, etc.) y percepciones extrasalariales.

02

Indicadores

Media y mediana por sexo + porcentaje de brecha.

03

Justificación de brecha ≥ 25 %

Identificación de factores objetivos (antigüedad, jornada, desempeño) o compromiso de plan corrector.

04

Conservación

Mínimo 4 años a disposición de la Inspección.

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En modalidad Full Service entregamos el registro completo en ocho semanas para empresas de 500 personas y 70 puestos.

Cero incidencias en inspecciones

La documentación se alinea con el criterio ITSS 2025 y la doctrina del Tribunal Supremo de 2024.

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Preguntas frecuentes sobre el Registro Retributivo

  • El Registro retributivo es un documento obligatorio para todas las empresas y recoge la remuneración media y mediana por sexo; la Auditoría retributiva, en cambio, es exigida solo a compañías con Plan de Igualdad y analiza las causas de la brecha con mayor profundidad, incorporando la Valoración de Puestos de Trabajo.

  • Al menos una vez al año y siempre que se introduzcan cambios sustanciales en la estructura salarial, en los convenios aplicables o en la clasificación profesional.

  • La Representación Legal de los Trabajadores (RLT) tiene derecho a la versión íntegra. Si no existe RLT, la plantilla puede solicitar la información porcentual.

  • Salario base, complementos salariales y percepciones extrasalariales del último ejercicio, desglosados por sexo y grupo profesional, e indicados mediante medias y medianas, junto con el porcentaje de brecha resultante.

  • La empresa debe acreditar factores objetivos —antigüedad, jornada, complementos ligados al puesto— o bien comprometerse en un Plan de Acción corrector alineado con el RD 902/2020.

  • Excel o CSV firmado digitalmente acompañado de una declaración responsable; Adoria Symmetry entrega ambos, junto con un PDF descriptivo para archivo.

  • Se tipifica como infracción grave y puede conllevar multas de 625 € a 6 250 €, además de requerimientos de subsanación inmediatos.

  • Disponemos de software SaaS que importa nóminas en segundos, calcula salario normalizado y genera la tabla de medias/medianas con justificativos automáticos, reduciendo drásticamente el tiempo de preparación.

  • El Registro Salarial es uno de los documentos de diagnóstico; sus conclusiones alimentan la Auditoría retributiva y sirven de base para fijar objetivos y medidas en el Plan de Igualdad, así como para su inscripción en el REGCON.

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