Valoración de Puestos de Trabajo: base técnica para la igualdad retributiva
La Valoración de Puestos de Trabajo (VPT) es el proceso que determina el valor relativo de cada rol dentro de una organización utilizando factores objetivos y mensurables. Constituye el pilar del principio de «igual retribución por trabajos de igual valor» recogido en el Real Decreto 902/2020 y es requisito indispensable para elaborar la Auditoría Retributiva y el Plan de Igualdad.

¿Qué es una Valoración de Puestos de Trabajo?
Es un sistema de puntos que compara los puestos —no a las personas— en función de criterios homogéneos (conocimientos, responsabilidad, esfuerzo y condiciones) para asignarles un valor global. Este valor servirá para:
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Agrupar puestos de igual valor, facilitando el análisis de brecha salarial.
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Diseñar estructuras de remuneración equitativas y transparentes.
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Justificar diferencias salariales ante la Representación Legal de las Personas Trabajadoras (RLT) y la Inspección.
La guía técnica del Ministerio de Igualdad (abril 2022) estandariza la metodología y obliga a documentar factores, subfactores, ponderaciones y puntuaciones finales.
Marco normativo y directrices clave
Obligación y plazos
Referencia | Exigencia principal | Vigencia |
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Criterio ITSS 2025 | Verifica trazabilidad de factores y participación de la RLT en la puntuación. | 2025 |
Guía ministerial VPT (abr‑2022) | Define los 33 factores recomendados y el proceso de ponderación. | Referencia oficial |
RD 902/2020, art. 4 | Impone la VPT como base para acreditar trabajos de igual valor. | Desde 14‑abr‑2021 |
La VPT es obligatoria para cualquier empresa que deba realizar la Auditoría Retributiva; por tanto, afecta a las organizaciones con 50+ personas negociando un Plan de Igualdad. Debe mantenerse actualizada y revisarse, como mínimo, cada vez que:
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Cambia la estructura organizativa (nuevos puestos o fusiones de funciones).
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Se revisa el convenio colectivo o la política salarial.
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Se renueva el Plan de Igualdad (periodicidad máxima de cuatro años).
“Nuestra metodología de 33 factores proporciona la base objetiva que exige el RD 902/2020 y facilita acuerdos rápidos con la Comisión Negociadora.”
Metodología técnica
Adoria Symmetry aplica la estructura recomendada por el Ministerio, compuesta por 4 factores macro y 33 subfactores personalizables:
01
Conocimientos y habilidades (formación, experiencia, idiomas…).
02
Responsabilidad (personas, recursos, decisiones).
03
Esfuerzo (mental, físico, condiciones de trabajo).
04
Condiciones especiales (turnicidad, riesgo, movilidad).
Cada subfactor se puntúa de 0 a 100 y se pondera sobre un total de 1 000 puntos. El resultado genera un ranking de puestos que permite:
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Agruparlos en familias de igual valor.
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Comparar la remuneración efectiva y detectar desviaciones.
La metodología debe ser acordada con la Comisión Negociadora y documentada para la Inspección.
Ventajas de gestionar la VPT con Adoria Symmetry
Software colaborativo
RLT y dirección valoran simultáneamente desde cualquier ubicación con trazabilidad de cada voto.
Plantillas de factores pre‑configuradas
Según la guía ministerial, personalizables por convenio o sector.
Sistema de ponderación dinámico
Recalcula automáticamente el total al modificar pesos.
Informes automáticos
Matriz de puntuaciones, ranking y justificación listos para la Auditoría Retributiva y el REGCON.
Plazo estándar
VPT completa en ocho semanas para plantillas de 500 personas y 70 puestos; escalable a mayor volumen.
Preguntas frecuentes sobre la Valoración de Puestos de Trabajo
Sí, el RD 902/2020 y el criterio ITSS exigen consenso metodológico y participación activa de la RLT, salvo que no exista representación.
La guía lo permite siempre que se justifique y se cubran los cuatro macro‑factores; Adoria adapta la matriz a cada sector.
Se establecen reglas de desempate (ponderar subfactor crítico) o se crea un tramo de rango común; el software gestiona ambas opciones.
No, la VPT valora puestos, no personas; la antigüedad se analiza después en la Auditoría Retributiva como factor de salario.
No se registra por separado, pero debe adjuntarse a la Auditoría y conservarse durante cuatro años a disposición de la Inspección.